miércoles, 26 de septiembre de 2012

Brindis al sol y brindis al sol...



Y es que parece que en la política de nuestro país va la cosa de hacer brindis al sol.

Unos que si no se les da más pasta que se quieren independizar, otros pocos manifestándose frente al Congreso de los Diputados tratando de algún modo de imponer su voluntad por encima del poder legalmente establecido, y el líder de la actual oposición que si hay que modificar la Constitución para constituir el país en un Estado Federal.

Quizás sea cierto que en España es preciso hacer una reforma constitucional, pues, como dice en su art. 16 la “Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (26 de agosto de 1789)”, la cual aún continúa vigente por su transcendencia e importancia.
Toda sociedad en la cual no esté establecida la garantía de los derechos, ni determinada la separación de los poderes, carece de Constitución.

Lo primero en nuestro país es ciertamente dudoso, no entraré en este artículo a enumerar los motivos ni a poner ejemplos baste el ejemplo de la manifestación frente al Congreso de los Diputados, qué locura. Y lo segundo, en fin… está clara que la separación de poderes en España es cuando menos discutible, pues la propia Constitución (art. 122.3) establece que de los 20 miembros del CGPJ, 8 será entre abogados y juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio, 4 elegidos por el Congreso de los Diputados y 4 por el Senado por una mayoría de tres quintos, es decir del 60%.
De los otros 12 miembros, la Constitución, remite a la Ley Orgánica que a tal efecto se articule. La Ley en cuestión es la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio y modificada por L.O. 2/2001, de 21 de junio. Esta modificación afecta al art. 112 de LOPJ, por el que se establece la elección de los 12 vocales correspondientes a la magistratura. Serán elegidos por las asociaciones de jueces un total de 36 candidatos de los cuales saldrán 6 elegidos por el Congreso de los Diputados y otros 6 del Senado.
Sea como fuere y en definitiva, quien elige a los vocales del máximo órgano del Poder Judicial, es el propio poder Legislativo, teniendo mayor poder de elección el poder Ejecutivo puesto que será el que tenga mayor representación generalmente en las Cortes Generales.

Siendo esto así, parece que sí que es posible que sea precisa una modificación de la actual Constitución, pero no parece que ni en los términos que estos enloquecidos piden ni mucho menos en las formas.
Lo primero que deberían hacer nuestros representantes, en vez de hacer inútiles brindis al sol que solo sirven para alterar el orden social y para avivar las ascuas del enfrentamiento civil, es tener un plan político serio y plantearlo en el Congreso de los Diputados, tratando posteriormente de acercar posturas los unos a los otros, pues para una reforma Constitucional lo que hay que tener es un amplio consenso, no basta que cada uno suelte la primera parida que se le pase por la cabeza.

Lo que parece claro es que España no puede estar comenzando de cero cada dos por tres, es absurdo y carece de lógica. Llevamos, cuando menos, desde los tiempos de Leovigildo, haciéndolo. Desde que el rey visigodo unificó el territorio de la Península Ibérica y posteriormente cuando su hijo Recaredo unificó la Religión, haciendo oficial en todo el reino la religión Católica allá en el año 589, al convocar el III Concilio de Toledo. Lo que significó no solo la unificación religiosa entre hispanorromanos y visigodos, sino algo más importante y transcendental, la unión jurídica, pues hasta entonces las leyes habían sido distintas para unos y para otros.
Desde aquella y hasta hoy, las reformas, contrarreformas, cambios, sistemas de Estado, de gobierno, etc, no han cesado de variar. A ver si de una vez, sus Señorías se centran y aceptan de una vez las reglas del juego actuales, que por algo y para algo las votaron los españoles en su conjunto.