1.
El Derecho. Como definición, es un sistema que
realiza un labor de ingeniería social con el objeto de lograr que la sociedad
tanto individualmente como colectivamente lleven a cabo un comportamiento
determinado, esto es, el Derecho busca la justicia como principio fundamental y
para ello educa a la sociedad, ya sea por la buenas (acatando el individuo sus
normativas) como por las malas (obligando al individuo de forma coercitiva si
es preciso). El objetivo es que el individuo actúe y piense de un determinado
modo con el que, en un principio, está de acuerdo la mayoría de la sociedad del
lugar donde se aplica ese Derecho. Una de las funciones predominantes del
derecho es la del control social y eso es consustancial a todos los Estados del
mundo ya sean de un tipo o de otro.
Dicho así y desde esta
perspectiva podría parecer que el Derecho no es ni más ni menos que un
instrumento para adoctrinar a la sociedad de una determinada manera con el fin
de lograr una población de perfectos robots. Desde mi perspectiva, no hay duda
que algo de eso existe, pero no es menos cierto que en un Estado de Derecho se
ha de optar siempre por el camino que elige la mayoría y siempre que otras
opciones no pongan en peligro la dirección de ese camino, se ha de permitir que
se realicen, pero si una alternativa es contraria a Derecho, es decir a la mayoría,
se hace preciso impedirlo por todos los medios pues de lo contrario se correría
el riesgo de terminar en una autarquía.
Para evitar esto está el poder “La soberanía nacional reside en el
pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” art. 1.2 CE. Y
precisamente son los poderes del Estado, elegidos por la mayoría del pueblo,
quienes realizan ese derecho, lo ejecutan y velan por su cumplimiento. Es
indiscutible que el Derecho, para lograr sus objetivos, necesita de una fuerza
real, en este caso el poder.
2.
El poder. Si bien la última afirmación es cierta, no es
menos cierto que el poder también precisa del Derecho, pues sin él, no sería
poder legítimo. Es complicado analizar la relación existente entre Derecho y
poder, pues si bien es cierto que hoy en día, en un Estado Democrático de
Derecho, la relación es más clara, pues “Los ciudadanos y los poderes públicos
están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.” Art.9.1
CE, por no hablar del 9.3 y del CC, etc., que obligan al poder a estar dentro
del Derecho. Ya a mediados del siglo XVIII afirmó Rousseau “Cuando el Derecho
se presenta como un simple producto del poder y la fuerza, no podrá alcanzar el
objetivo fundamental de hacer nacer en los miembros de la comunidad, la idea y
el sentimiento de estar obligados a obedecer sus normas. No será pues,
verdadero Derecho”. Es obvio que la necesidad que tiene el Derecho de la
existencia del poder es equiparable a la necesidad que tiene el poder a la
existencia del Derecho, uno complementa al otro y si esto no es así, como dijo
Rousseau, no existe verdadero Derecho y puesto que el Derecho persigue la
justicia como ideal, no habría tampoco ésta.
3.
Estado. ¿Y qué pinta el Estado en todo esto? Cronológicamente
hablando el Estado es el último en aparecer, pues su existencia como tal data
de los siglos XIV y XV. Cuando los individuos comenzaron a agruparse lo primero
que apareció fue el Derecho (Derecho consuetudinario) por el que se aplicaban
al grupo una serie de normas no escritas por las que se guiaban la mayoría de
los individuos desde hacía tiempo, esto es la costumbre. Cuando los grupos sociales
crecieron apareció inevitablemente el poder, pues, se hizo preciso la presencia
de alguien a quien el grupo respetase para dirimir los conflictos
intersubjetivos que afloraban al no estar claramente delimitado los derechos de
unos y de otros. Como dijo Aristóteles “El ser humano es un ser social por
naturaleza”, venía a sintetizar esta frase al afirmar que el hombre que no vive
en sociedad es o una bestia o un dios. Puesto que el ser humano es un ser
social que habita en la polis, es como consecuencia un animal político, como
afirmó también Aristóteles “El hombre es un animal político” y como
consecuencia de todo ello es por lo que se hace preciso en un principio crear
el poder capaz de dirigir los designios del Derecho en la polis o pueblos y posteriormente, al hacerse los pueblos
extremadamente grandes y complejos a la hora de ser dirigidos, los Estados,
pues se hizo imprescindible la maquinaria administrativa para poder llevar a
cabo las funciones que el poder tenía encomendado por el Derecho y hacer
cumplir al ciudadano las funciones que el Derecho le imponía. Hoy en día es el
Estado el que da validez jurídica a toda la normatividad social.
Para concluir, podemos
afirmar que tanto Derecho como poder como Estado, se necesitan y se
complementan los unos a los otros. Para que estos tres elementos sean justos y
eficaces, han de conferirse en un equilibrio de igualdades, pues de lo
contrario se decantaría la balanza a favor, generalmente, del poder, lo que
decantaría al Estado en una autocracia. Para evitar que esto suceda e igualar
los pesos en la balanza, se hace imprescindible sumar a estos elementos de
Derecho, poder y Estado, el sistema denominado Democracia, la cual armoniza y
garantiza la justicia, el poder legítimo y al propio Estado como nación
unificadora y garantizadora de derechos y libertades pero también de
obligaciones. De ahí lo de que “España se constituye en un Estado social y democrático
de Derecho…” art. 1.1 CE.